(1) La financiación del Insalud se refiere a un
máximo de 12.000 ptas. por adaptación.
(2) Especial prescripción. Previo informe clínico
y Visto Bueno de Inspección.
(3) Adaptación especial, exclusivamente para pacientes
con deformidad raquídea grave secundaria a Parálisis
Cerebral Infantil, Traumatismo Craneoencefálico,
Mielomeningocele o Distrofia Muscular Progresiva, que impida
la sedestación estable y permanente.
(**) El visto bueno de la Inspección de Servicios
Sanitarios no será necesario si existe autorización
previa para la silla de ruedas eléctrica conforme
a las condiciones de la especial prescripción y cumple
PR.
Artículos recuperables: En aquellos casos en que
dejen de ser necesarios para el beneficiario, éste
podrá proceder a su entrega en cualquier Servicio
de Atención al Paciente de los centros asistenciales
o Direcciones Provinciales del INSALUD.